Según la Ley General del Voluntariado, es la labor o actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidades contractuales. El voluntariado comprende actividades de interés general para la población, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, cívicas, de capacitación, culturales, científicas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de promoción del voluntariado, y otras de naturaleza análoga, tendientes al bien común.
Para el caso de nuestra institución, el Instituto Metropolitano de Planificación, la experiencia del voluntariado ha permitido desarrollar una serie de estudios en áreas como medioambiente, seguridad ciudadana, equipamiento e infraestructura pública, entre otros.
Características del voluntariado
Según la Ley General del Voluntariado, el voluntariado lo podrá prestar una persona natural, independientemente; o una organización de voluntarios agrupados bajo la forma de una asociación sin fines de lucro, y en ningún caso, podrá sustituir al trabajo que se realiza en forma remunerada.
Requisitos
- El (la) voluntario (a) no debe tener antecedes penales ni policiales.
- Acreditar su inscripción en el Registro de Voluntarios, a fin de que sea reconocido como tal.
- Cursar los últimos ciclos de las carreras: Ingeniería geográfica, Sociología, Economía, Sistemas entre otras.
Certificación
Los voluntarios recibirán un certificado por los servicios prestados de parte de las organizaciones de voluntarios donde realicen sus actividades o de las instituciones beneficiarias de los servicios.
Los certificados a que se refiere el párrafo anterior deberán ser tomados en cuenta para la formación de su hoja de vida.
Marco legal
- Ley Nº 28238 – Ley General de Voluntariado
- Ley Nº 29094 – Ley que modifica los artículos 1º, 2º, 4º, 5º, 6º, 8º, 14º Y 19º; Y adiciona el artículo 3º-A a la ley Nº 28238, Ley General de Voluntariado.
- Decreto Supremo – Nº 008-2004-MIMDES – Reglamento de la Ley General de Voluntariado.